A continuación detallamos las bases legales aplicables al sorteo que ha organizado la acb dentro de su campaña #LaMejorAsistencia, que tendrá lugar el miércoles 15 de abril a las 16:00 horas
PRIMERA. - Organización.
ACB (En adelante, “el organizador”), entidad con domicilio en Barcelona, calle Iradier 37 y CIF CIF G-08932253, convoca el siguiente sorteo Promocional (en adelante, el “Sorteo”).
ACB ha desarrollado una campaña solidaria con el objetivo de recaudar fondos que se destinarán a la campaña “CRUZ ROJA RESPONDE”.
El premio consiste en unas zapatillas firmadas por Stephen Curry.
SEGUNDA. - Ámbito territorial.
El ámbito territorial de este sorteo es exclusivamente España y Andorra.
TERCERA. - Vigencia de la Promoción.
El periodo establecido para participar en el presente Sorteo comprenderá:
• Desde las 13.00 horas (hora peninsular española) del 10 de abril de 2020 hasta las 24.00 horas (hora peninsular española) del día 12 de abril de 2020, realizándose el sorteo en fecha miércoles 15 de abril a las 16.30 h.
CUARTA. - Requisitos.
Podrán participar en el Sorteo todas aquellas personas que, durante el Periodo del Sorteo, cumplan con todos y cada uno de los siguientes requisitos:
QUINTA. - Mecánica de participación.
• Para participar es necesario realizar una donación por importe igual o superior a 10 EUR, a través de una transferencia a la cuenta bancaria, titularidad de ACEB SA, número ES10 2100 8637 6602 0017 5475 (CaixaBank) en el plazo indicado en el apartado TERCERO de las presentes bases, debiendo indicar en el concepto de la transferencia número de teléfono y/o correo electrónico del participante, aquellas transferencias en las que no consten los datos de contacto, se tendrán por no presentadas o nulas a efectos de participación en el sorteo del premio.
• ACB elaborará un listado con todos los participantes, registrando el día y hora de la transferencia (hora peninsular española) en que cumplimentaron el formulario con el fin de que todas las inscripciones sean tenidas en cuenta para el Sorteo.
• ACB se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las condiciones del presente Sorteo incluso su posible anulación antes de la fecha de finalización del mismo, siempre que hubiere causa justificada, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas bases, condiciones, o en su caso, la anulación definitiva en la misma forma que estas Bases.
SEXTA. Premios.
El premio consiste en unas zapatillas firmadas por Stephen Curry.
El Valor unitario por ganador es de 150 euros (impuestos indirectos aplicables incluidos).
ACB se reserva el derecho a modificar el Premio a su solo criterio por causas justificadas por otro de similares características de igual o superior valor.
• Solo se entregará un Premio por participante, no pudiendo acumular dos premios, aunque el mismo participante haya efectuado dos o más donaciones desde una o varias cuentas bancarias. En caso de producirse un incumplimiento en este sentido, se procederá a hacer entrega de este al siguiente seleccionado conforme a la mecánica del sorteo hasta obtener otro ganador.
• El Premio objeto del presente Sorteo no podrá ser, en ningún caso, objeto de cambio, alteración o compensación a petición del premiado.
• El Premio es transferible si dicha transmisión se hace con carácter gratuito; pudiendo el ganador del premio podrá ceder su disfrute a una tercera persona (siempre y que la misma sea mayor de 18 años), debiendo en ese caso facilitar a ACB los datos necesarios, en el momento de aceptación del premio, para las comprobaciones oportunas.
• ACB no asumirá ningún otro tipo de gasto no especificado en las presentes Bases, incluyendo en particular, los gastos que pudieran ser necesarios para la obtención y recogida del Premio.
• Queda prohibida la comercialización o venta del Premio.
SEPTIMA- Elección del ganador.
Los ganadores serán seleccionados de forma anónima y absolutamente aleatoria por medios electrónicos, a través de la funcionalidad disponible para tal fin en la página web random.org, con total transparencia, de acuerdo a las condiciones marcadas en las presentes bases legales y sin que medie intervención alguna por parte de ACB en la selección de los mismos.
Conforme a este procedimiento, se elegirá a UN ganador, así como los suplentes que pudieran ser necesarios para la entrega del Premio.
Los premios se asignarán a los participantes que cumplan los requisitos establecidos en estas bases y resulten ganadores en el Sorteo.
OCTAVA. - Aceptación del Premio.
El ganador será contactado por ACB utilizando el medio que ésta estime oportuno y se le solicitará toda la información para el disfrute del Premio.
El plazo máximo de aceptación del Premio es de 48 horas a contar desde la comunicación individual que realice ACB. Una vez expirado este plazo, el ganador afectado perderá el derecho a su premio y este será adjudicado al primer suplente, según corresponda.
Si se evidenciase que el ganador, y en su caso el suplente, no cumpliesen con los requisitos exigidos en las Bases, o bien no acreditaran lo que les fuese solicitado, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos del Sorteo perdiendo todo derecho sobre el Premio.
La aceptación del Premio no condiciona ni impone la adquisición de ninguna clase de productos o servicios adicionales a los que ya tenga el ganador.
NOVENA. - Entrega de los Premios.
Una vez que el ganador confirme la aceptación del Premio, según se expresa en el punto octavo de las presentes Bases, se le facilitará toda la información necesaria para hacer efectivo el mismo.
ACB no abonará ningún gasto por desplazamientos, dietas, o cualquier otro desembolso adicional que aun pudiendo ser necesarios para la obtención y recogida del premio no se especifiquen las presentes Bases.
**DECIMA. - Periodo de reclamación. **
El periodo de reclamación contra el presente Sorteo finaliza transcurridas 24 horas a contar desde el día de la publicación de los ganadores del Sorteo en los canales de comunicación de ACB o de cualquiera de sus patrocinadores, en cualquiera de sus plataformas, con motivo de la campaña La Mejor Asistencia. Aceptando el participante, que pueda publicarse su nombre y apellidos en dichas plataformas, si resulta ganador.
DECIMO PRIMERA. - Protección de Datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo establecido en la normativa de protección de datos aplicable, el tratamiento de datos personales necesarios para la participación en el Sorteo está regulado por el Aviso Legal de protección de datos que es aceptado por el participante, disponible en https://www.acb.com/articulo/ver/153074
DECIMO SEGUNDA. - Derechos de Imagen.
La publicación del ganador también se podrá realizar en los perfiles de redes sociales de ACB y en la página web acb.com.
Por el mero hecho de participar en el Sorteo los ganadores autorizan a ACB a utilizar publicitariamente su nombre e imagen a los exclusivos efectos del Sorteo que aquí se regula, así como que su nombre y apellidos sean publicados en los perfiles sociales de ACB, en la web de inscripción del Sorteo o en la designada por ACB, y en los perfiles de la misma empresa en las diferentes redes sociales: Facebook, Twitter, y las que la compañía considere oportunas, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha, en su caso, de la entrega del premio ganado.
Esta autorización también se entiende concedida para la utilización de las imágenes, o parte de las mismas, en las que aparezca el participante para cualquier otro proyecto destinado a la promoción de las actividades de ACB, en medios de comunicación internos o externos a la misma, ya tengan carácter social, comercial, publicitario o de marketing y para que puedan ser explotados en todos los medios conocidos en la actualidad y los que pudieran desarrollarse en el futuro. Todo ello con la única salvedad y limitación de aquellas utilizaciones o aplicaciones que pudieran atentar al derecho al honor, a la moral y/o al orden público, en los términos previstos en la legislación vigente en cada país.
Esta autorización no se circunscribe a un ámbito temporal o territorial determinados, por lo que ACB podrá utilizar estas imágenes, o parte de las mismas, en todos los países del mundo sin limitación geográfica o temporal de ninguna clase.
DECIMO TERCERA- Reserva de derechos.
ACB se reserva el derecho de no tomar en consideración en el Sorteo a aquellos participantes que estén haciendo un mal uso de este o de las herramientas necesarias para su participación en el mismo, que realicen actos fraudulentos, o poco éticos o que perjudiquen a otros participantes. En caso de que ACB o cualquier entidad que tenga vinculación contractual con motivo de esta promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que se está impidiendo o interfiriendo en el normal desarrollo del mismo, especialmente mediante procedimientos técnicos o informáticos, o llevando a cabo cualesquiera actos fraudulentos que contravengan su transparencia, alterando mediante robots, creando cuentas falsas u otros procedimientos informáticos los procesos de recuento, se reserva el derecho de no tomar en consideración e incluso de retirar el Premio de forma automática, a todos aquellos participantes que se hayan beneficiado de forma directa o indirecta de este tipo de actuaciones fraudulentas, pudiendo además ejercer todas las acciones civiles o penales que pudieran corresponder.
En este sentido, ACB declara que ha habilitado los mecanismos y soportes tecnológicos idóneos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la normal participación.
ACB se reserva el derecho de dar de baja o incluso de retirar el Premio a todos aquellos participantes que contravengan las presentes Bases, especialmente a aquellos participantes que no cumplan con las normas de comportamiento y decoro necesarias para participar en el evento objeto de Premio. En caso de que los participantes no acaten las instrucciones de ACB, esta podrá retirar el derecho al premio incluso durante el periodo de disfrute del premio.
DECIMO CUARTA. - Limitación de responsabilidades.
ACB no se responsabiliza:
Por los servicios que terceras empresas deban prestar en relación con el Sorteo.
Por las incidencias derivadas en la ejecución del presente Sorteo por causas de fuerza mayor.
Por las inscripciones perdidas, dañadas, enviadas de manera errónea o recibida con retraso, cualquiera que sea la causa.
Por los fallos o incidencias en los sistemas de telecomunicaciones, que impidan acceder u operar en la página web del concurso con normalidad.
Se excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones.
Por la información incorrecta o imprecisa, incluida la facilitada por los participantes, errores de impresión o por cualquiera de los programas u equipos asociados a o utilizados en la promoción;
Por los fallos técnicos de cualquier tipo, incluidos, a modo enunciativo que no limitativo, funcionamiento inadecuado, interrupciones, desconexiones en líneas telefónicas y hardware o software de red;
Por la intervención humana no autorizada en cualquier momento a lo largo de la partición o la promoción;
Por errores técnicos o humanos que pudieran darse en la gestión de la promoción o tratamiento de los participantes;
Por cualquier daño a personas o bienes que pudiera ser causado, directa o indirectamente, en todo o en parte, por la participación de candidatos en el Sorteo o la recepción del Premio o el uso debido o indebido del mismo.
Por cualquier daño físico del participante o terceros que se produzca en el marco del disfrute del Premio.
**DECIMO QUINTA. - Fiscalidad. **
El ingreso a cuenta del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas que ACB estuviese, en su caso, obligada a practicar como consecuencia de la entrega de los premios en especie será asumida por ACB.
Los ganadores de los Premios estarán obligados a facilitar todos sus datos fiscales y los de su acompañante en su caso a ACB a los efectos de que ésta última pueda cumplir con todas las obligaciones formales derivadas de este Sorteo.
ACB pondrá a disposición del ganador, dentro del plazo legalmente establecido al efecto, los certificados de retenciones efectuadas bajo previa y expresa solicitud del donante a la dirección de correo electrónico finanzas@acb.es, indicando nombre, apellidos y adjuntando justificante de la operación.
El ganador será responsable de cumplir con las obligaciones fiscales y contables que comporte la obtención del Premio. La cesión del Premio a un tercero no exime al ganador de las obligaciones fiscales y contables de este.
DECIMO SEXTA- Aceptación de las Bases
La participación en el presente Sorteo supone la aceptación de las presentes bases (las “Bases”). Este sorteo se encuadra en el marco de la campaña “La Mejor Asistencia” por lo que también serán de aplicación las bases de dicha campaña, puede consultar dichas condiciones en el siguiente enlace: https://www.acb.com/articulo/ver/153074
DECIMOSÉPTIMA- Ley Aplicable y Tribunales.
La ley aplicable al presente sorteo será la española. Cualquier controversia que surja con respecto a la validez, eficacia, interpretación y ejecución, de la presente promoción, los concursantes, con renuncia a su fuero propio, acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.
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