PRIMERA.- Organización.
ACEB, S.A.U (en adelante, ACEBSA o el Organizador) con C.I.F. A-58022864 y domicilio social en Calle Iradier 37, Barcelona, convoca el concurso (en adelante, el “Concurso”).
SEGUNDA. - Ámbito territorial.
El ámbito territorial de este Concurso es España y Andorra.
TERCERA. - Vigencia de la Promoción. El periodo establecido para el presente Concurso comprenderá:
Desde las 10:00 horas (hora peninsular española) del 22 de agosto de 2024 hasta el 21 de septiembre de 2024 a la hora exacta que empiece el primer partido de la Supercopa Endesa Murcia 2024.
CUARTA. – Requisitos de participación
El Bonus Movistar se podrá utilizar en cualquiera de las eliminatorias del Bracket acb de la Supercopa Endesa Murcia 2024. Este Bonus Movistar duplicará la puntuación obtenida por los diferentes conceptos disponibles en ese enfrentamiento, convirtiéndose en una herramienta clave para escalar puestos en el ranking.
QUINTA.- Mecánica de participación.
El participante debe rellenar su Bracket de la Supercopa Endesa Murcia 2024 en https://bracket.acb.com/. Después de haber completado su Bracket, el Usuario deberá entrar en la red social X (antes Twitter) o en Instagram y responder a alguno de los tuits/posts publicados por la cuenta @ACBCOM explicando dicha dinámica del Bonus Movistar. En su respuesta, el usuario deberá indicar en qué eliminatoria usó el Bonus Movistar de su Bracket de la Supercopa Murcia 2024.
En su tuit/respuesta de Instagram, cada Usuario tendrá que utilizar el hashtag #BonusMovistar y mencionar a un amigo con una cuesta existente y válida en dicha red social: X (Twitter) o Instragram (según corresponda en cada caso). Es obligatorio participar en la dinámica del Bonus Movistar respondiendo a uno de los mensajes de las cuentas de Twitter e Instagram oficiales de @ACBCOM. No serán válidos los mensajes que no sean respuestas del tuit y post originales de @ACBCOM.
Para participar en la dinámica del Bonus Movistar, ya sea a través de X (Twitter) o de Instagram, es obligatorio haber completado el Bracketa acb de la Supercopa Endesa Murcia 2024 a través del portal habilitado para ello https://bracket.acb.com/.
SEXTA. Premios.
El ganador del Bonus Movistar se llevará un abono doble para asistir a los encuentros de su equipo favorito (equipo a elegir) de la Liga Endesa 2024-25 (categoría media). VALORADO EN 500 EUR. Un mismo usuario de X (Twitter) o de Instagram solo podrá participar una vez en la dinámica del Bonus Movistar, contando únicamente una de las respuestas que publique desde su cuenta de X (Twitter) o Instagram.
El ganador de la dinámica del Bonus Movistar resultará de un sorteo puro realizado entre todos los usuarios participantes en la dinámica. Los participantes serán extraídos de las respuestas en X (Twitter) como en Instagram. El sorteo será realizado a través de una herramienta de confianza de la Organización.
Si se descubriera que algún usuario ha actuado de manera fraudulenta, ACEBSA se reserva el derecho de, si fuera el caso, retirarle el premio. Se informará a cada uno de los ganadores del valor unitario del premio a efectos de realizar los trámites fiscales que correspondan en cada uno de los casos, no obstante, se informa a los ganadores que, a efectos fiscales, el valor unitario del premio se verá incrementado en un 20%.
ACEBSA se reserva el derecho a modificar el Premio a su solo criterio por causas justificadas por otro de similares características de igual o superior valor.
El Premio objeto del presente Concurso no podrá ser, en ningún caso, objeto de cambio, alteración o compensación a petición del premiado. El Premio es transferible si dicha transmisión se hace con carácter gratuito; pudiendo el ganador del premio podrá ceder su disfrute a una tercera persona (siempre y que la misma sea mayor de 18 años), debiendo en ese caso facilitar a ACEBSA los datos necesarios, en el momento de aceptación del premio, para las comprobaciones oportunas. ACEBSA no asumirá ningún otro tipo de gasto no especificado en las presentes Bases, incluyendo en particular, los gastos que pudieran ser necesarios para la obtención y recogida del Premio.
ACEBSA tampoco asumirá ningún concepto de gasto de desplazamiento para presenciar los partidos de la Liga Endesa 2024-25, así como tampoco gastos derivados de mantenimiento o alojamiento. Esos conceptos correrán a cargo del ganador/a. El sorteo del premio se realizará a través de una herramienta de confianza por parte de la Organización.
Queda prohibida la comercialización o venta del Premio.
SÉPTIMA. - Aceptación del Premio.
El ganador será contactado por ACEBSA utilizando el medio que ésta estime oportuno en un plazo de 72 horas a contar desde la finalización del concurso y se le solicitará toda la información para la entrega y disfrute del premio. El plazo máximo de aceptación del Premio es 10 días a contar desde la comunicación individual que realice ACEBSA. Una vez expirado este plazo, el ganador afectado perderá el derecho a su premio y este será adjudicado al primer suplente, según corresponda.
Si se evidenciase que el ganador, y en su caso el suplente, no cumpliesen con los requisitos exigidos en las Bases, o bien no acreditaran lo que les fuese solicitado, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos del Concurso perdiendo todo derecho sobre el Premio.
La aceptación del Premio no condiciona ni impone la adquisición de ninguna clase de productos o servicios adicionales a los que ya tenga el ganador.
OCTAVA. - Entrega de los Premios.
Una vez que el ganador confirme la aceptación del Premio, según se expresa en el punto séptimo de las presentes Bases, se le facilitará toda la información necesaria para hacer efectivo el mismo.
La entrega se efectuará mediante envío a través de email, para lo cual el ganador deberá facilitar los datos personales que desde la Organización le sean requeridos.
ACEBSA no abonará ningún gasto por desplazamientos, dietas, o cualquier otro desembolso adicional que aun pudiendo ser necesarios para la obtención y recogida del premio no se especifiquen las presentes Bases.
NOVENA. - Periodo de reclamación. El periodo de reclamación contra el presente Concurso finaliza transcurridas 24 horas a contar desde el día de la publicación de los ganadores del Concurso.
DÉCIMA.- Protección de Datos de carácter personal.
10.1 Identidad del responsable de tratamiento. El responsable de tratamiento es ACB - Asociación Clubes de Baloncesto con CIF G08932253 y domicilio social en Barcelona, 08017, Calle Iradier, 37 . Puede contactar con el Delegado de Protección de Datos enviando un correo electrónico a dpd@acb.es. ACB tratará estos datos con la máxima confidencialidad y efectuará cesiones a Movistar únicamente con el fin de gestionar el concurso y a efectos de comunicación del ganador.
10.2 Finalidad del tratamiento de sus datos. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ACB informa al participante en el concurso que todos los datos de carácter personal que nos proporciona los tratamos con la finalidad de gestionar el presente concurso incluyendo, en su caso, la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases de los ganadores de forma previa a la asignación de premio, y la difusión de los ganadores. Los ganadores del concurso recibirán un enlace con las instrucciones para poder gestionar la entrega del premio.
Si el titular de los datos fuera menor de 16 años, será necesaria la autorización de sus representantes legales para poder participar en el concurso. En caso que el titular de los datos sea menor de edad y no se disponga de dicha autorización, ACB informa que no procederá al tratamiento de sus datos y éstos serán destruidos, con la consecuencia de no poder participar en el concurso.
10.3 Categoría de datos tratados Se tratarán los datos procedentes del propio interesado que consisten en los datos de identificación, imagen, voz y dirección postal o electrónica.
Los datos de carácter personal que faciliten los participantes en el concurso deberán ser veraces y completos.
Los peticionarios de confirmación de premio y en su caso los ganadores, únicamente podrán comunicar a ACB datos personales correspondientes a su propia identidad veraces y actualizados, quedando prohibida la comunicación a ACB de datos de terceros. En caso contrario, ACB quedaría liberada de cualquier consecuencia, incluyendo la declaración de beneficiario legítimo del premio. Dicha comunicación se realiza mediante el formulario correspondiente, que incluye la declaración de legitimación de participación por parte del ganador.
10.4 Base de legitimación de los datos y plazo de conservación.
La base de legitimación para el tratamiento de sus datos para la finalidad de gestionar su participación en el concurso y el sorteo, es la ejecución de las bases del concurso.
Los datos personales proporcionados necesarios para gestionar la participación en el concurso, se conservarán hasta que sean necesarios para la ejecución de las bases del concurso y posteriormente hasta la prescripción de cualquier responsabilidad legal que pueda surgir del mismo una vez finalizado.
10.5 Derechos de los interesados. Al aceptar las bases del presente concurso, el interesado consiente que sus datos sean tratados con las finalidades anteriormente indicadas. La no aceptación de las bases conlleva la renuncia al premio. ACB garantiza la confidencialidad y seguridad de sus datos de carácter personal. Las políticas de tratamiento y medidas de seguridad implantadas en ACB evitan la alteración, pérdida, tratamiento o uso no autorizado de sus datos de carácter personal.
El usuario tiene derecho a ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad de los datos y limitación de tratamiento. Para ejercitar tales derechos, y para cualquier aclaración, puede contactar con nosotros por correo postal, adjuntando fotocopia de DNI, NIE o pasaporte a Calle Iradier, 37, 08017, Barcelona, o bien remitiendo un email a la dirección dpd@acb.es. Para más información sobre sus derechos o presentar una reclamación puede obtener más información en www.aepd.es.
DECIMO PRIMERA.- Derechos de Imagen.
La publicación del ganador se realizará en los perfiles de redes sociales y página web de ACB, así como de sus patrocinadores. Por el mero hecho de participar en el Concurso los ganadores autorizan a ACEBSA a utilizar publicitariamente su nombre e imagen a los exclusivos efectos del Concurso que aquí se regula, así como que su nombre y apellidos sean publicados en los perfiles sociales del ACB, en la web de inscripción del Concurso o en la designada por ACEBSA, y en los perfiles de la misma empresa en las diferentes redes sociales: Facebook, Twitter, y las que la compañía considere oportunas, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha, en su caso, de la entrega del premio ganado.
Asimismo, en el caso de que el participante facilite datos de carácter personal referentes a terceras personas (incluida la imagen) deberá, recabar de dichos terceros el consentimiento al tratamiento de sus datos por parte ACEBSA para la finalidad prevista. Asimismo, el interesado deberá mantener indemne a ACEBSA por todos los daños y perjuicios que el incumplimiento de dicho requisito pudiera causar.
Esta autorización también se entiende concedida para la utilización de las imágenes, o parte de las mismas, en las que aparezca el participante para cualquier otro proyecto destinado a la promoción de las actividades de ACEBSA, en medios de comunicación internos o externos a la misma, ya tengan carácter social, comercial, publicitario o de marketing y para que puedan ser explotados en todos los medios conocidos en la actualidad y los que pudieran desarrollarse en el futuro. Todo ello con la única salvedad y limitación de aquellas utilizaciones o aplicaciones que pudieran atentar al derecho al honor, a la moral y/o al orden público, en los términos previstos en la legislación vigente en cada país.
Esta autorización no se circunscribe a un ámbito temporal o territorial determinados, por lo que ACEBSA podrá utilizar estas imágenes, o parte de las mismas, en todos los países del mundo sin limitación geográfica de ninguna clase.
DECIMO SEGUNDA- Reserva de derechos. ACEBSA se reserva el derecho de no tomar en consideración en el Concurso a aquellos participantes que estén haciendo un mal uso de este o de las herramientas necesarias para su participación en el mismo, que realicen actos fraudulentos, o poco éticos o que perjudiquen a otros participantes. En caso de que ACEBSA o cualquier entidad que tenga vinculación contractual con motivo de esta promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que se está impidiendo o interfiriendo en el normal desarrollo del mismo, especialmente mediante procedimientos técnicos o informáticos, o llevando a cabo cualesquiera actos fraudulentos que contravengan su transparencia, alterando mediante robots, creando cuentas falsas u otros procedimientos informáticos los procesos de recuento, se reserva el derecho de no tomar en consideración e incluso de retirar el Premio de forma automática, a todos aquellos participantes que se hayan beneficiado de forma directa o indirecta de este tipo de actuaciones fraudulentas, pudiendo además ejercer todas las acciones civiles o penales que pudieran corresponder.
En este sentido, ACEBSA declara que ha habilitado los mecanismos y soportes tecnológicos idóneos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la normal participación. ACEBSA se reserva el derecho de dar de baja o incluso de retirar el Premio a todos aquellos participantes que contravengan las presentes Bases, especialmente a aquellos participantes que no cumplan con las normas de comportamiento y decoro necesarias para participar en el evento objeto de Premio. En caso de que los participantes no acaten las instrucciones de ACEBSA, esta podrá retirar el derecho al premio incluso durante el periodo de disfrute del premio.
DECIMO TERCERA.- Limitación de responsabilidades. ACEBSA no se responsabiliza:
• Por los servicios que terceras empresas deban prestar en relación con el Concurso. • Por las incidencias derivadas en la ejecución del presente Concurso por causas de fuerza mayor. • Por las inscripciones perdidas, dañadas, enviadas de manera errónea o recibida con retraso, cualquiera que sea la causa. • Por los fallos o incidencias en los sistemas de telecomunicaciones, que impidan acceder u operar en la página web del concurso con normalidad. • Se excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones. • Por la información incorrecta o imprecisa, incluida la facilitada por los participantes, errores de impresión o por cualquiera de los programas u equipos asociados a o utilizados en la promoción; • Por los fallos técnicos de cualquier tipo, incluidos, a modo enunciativo que no limitativo, funcionamiento inadecuado, interrupciones, desconexiones en líneas telefónicas y hardware o software de red; • Por la intervención humana no autorizada en cualquier momento a lo largo de la partición o la promoción; • Por errores técnicos o humanos que pudieran darse en la gestión de la promoción o tratamiento de los participantes; • Por cualquier daño a personas o bienes que pudiera ser causado, directa o indirectamente, en todo o en parte, por la participación de candidatos en el Concurso o la recepción del Premio o el uso debido o indebido del mismo. • Por cualquier daño físico del participante o terceros que se produzca en el marco del disfrute del Premio.
DECIMO CUARTA.- Fiscalidad.
El ingreso a cuenta del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas que ACEBSA estuviese, en su caso, obligada a practicar como consecuencia de la entrega de los premios en especie será asumida por ACEBSA.
Los ganadores de los Premios estarán obligados a facilitar todos sus datos fiscales en su caso a ACEBSA a los efectos de que ésta última pueda cumplir con todas las obligaciones formales derivadas de este Concurso.
ACEBSA pondrá a disposición del ganador, dentro del plazo legalmente establecido al efecto, los certificados de retenciones efectuadas.
El ganador será responsable de cumplir con las obligaciones fiscales y contables que comporte la obtención del Premio. La cesión del Premio a un tercero no exime al ganador de las obligaciones fiscales y contables del mismo.
DECIMO SEXTA- Aceptación de las Bases
La participación en el presente Concurso supone la aceptación de las presentes bases (las “Bases”) en su totalidad. DECIMOSÉPTIMA- Ley Aplicable y Tribunales.
La ley aplicable al presente Concurso será la española. Cualquier controversia que surja con respecto a la validez, eficacia, interpretación y ejecución, de la presente promoción, los concursantes, con renuncia a su fuero propio, acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.